INE entrega constancias a 45 candidaturas declaradas previamente inelegibles


 México

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) entregó este martes constancias de mayoría a 45 candidaturas ganadoras para magistraturas de circuito y juzgados de distrito que previamente había declarado inelegibles, principalmente por no cumplir con el promedio mínimo de calificación requerido en licenciatura o especialidad.

La decisión se dio tras acatar distintas resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), emitidas en respuesta a impugnaciones de los propios candidatos. El Tribunal determinó que el INE no tenía facultad para interpretar quién cumplía los requisitos de elegibilidad, una función reservada exclusivamente a los comités de los tres poderes de la Unión.

Durante la sesión del Consejo General, varios consejeros señalaron que, aunque respaldaban las sentencias, consideraban que existían contradicciones. La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, aseguró que no se trataba de un cambio de criterio, sino de una clarificación entre los requisitos de idoneidad y los de elegibilidad, que servirá para futuros análisis y mesas de trabajo.

Dania Ravel, consejera electoral, subrayó la aparente contradicción en los fallos del TEPJF, pues se reconoce al INE la facultad de revisar requisitos de elegibilidad en algunos casos, pero no en controversias relacionadas con promedios académicos. Martín Faz Mora coincidió en señalar que estas diferencias generan incertidumbre sobre el alcance competencial del Instituto.

Claudia Zavala destacó la necesidad de que los comités expliciten con claridad cómo realizan la revisión de los requisitos de elegibilidad, tras constatar que muchos expedientes del Poder Legislativo carecían de un análisis formal que acreditara esta verificación.

Al entregar las constancias, Taddei enfatizó que todos los beneficiarios reciben el mismo valor jurídico y político en su elección, ya sea de manera directa tras el cómputo de votos o derivado de una sentencia judicial, y que esto refleja la capacidad institucional para garantizar la voluntad ciudadana.

Entre los 45 candidatos que recibieron sus constancias, se encuentran 12 mujeres que habían sido desplazadas por hombres debido a criterios de paridad de género, y cuyo triunfo fue reconocido tras la resolución del TEPJF. También se incluyeron casos en los que, al declarar inelegible al ganador, el artículo 97 constitucional permitió otorgar el triunfo al segundo lugar.

Fuente: La Jornada

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